Condenan a un pastor religioso por cometer abusos sexuales
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31-03-2022
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Neuquén- A partir de la acusación de la fiscal del caso Laura Pizzipaulo, un hombre que estaba acusado por aprovechar su condición de referente religioso y cometer abusos sexuales a una niña entre 2011 y 2015 fue declarado responsable ayer, tras la finalización del juicio. Además, la fiscal pidió que hasta que se imponga la pena que deberá cumplir, el ahora condenado no pueda acercarse a menos de 200 metros de la denunciante ni contactarla por ningún medio.
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La resolución del tribunal fue por unanimidad y se comunicó ayer. Resta ahora la determinación de la pena y en caso que implique la privación de la libertad del condenado, la vÃctima tendrá derecho a ser informada de todo lo que ocurra durante la etapa de ejecución.
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Los hechos se desarrollaron en una localidad cercana a Zapala. Según logró probar durante el juicio de responsabilidad la fiscal Pizzipaulo, el hombre, J.R, era pastor religioso y una persona con influencia en la familia de la vÃctima.
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Detalló tres perÃodos: el primero, entre 2011 y 2012; el segundo, entre 2013 y 2014, y el tercero y último, en 2015. La teorÃa del caso que llevó la fiscalÃa y que el tribunal consideró probada es que en todas las situaciones denunciadas, J.R reiteró el accionar: se presentó en la vivienda familiar en horario de la tarde y, aprovechando la ausencia de adultos en ese momento, proponÃa a la vÃctima y a otro niño ir al dormitorio, primero a este último y luego a la denunciante, para rezar. Ese fue el marco en que se cometieron los abusos.
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La fiscal Pizzipaulo encuadró los hechos en el delito de abuso sexual simple, agravado por ser ministro de culto, en modalidad de delito continuado, en contexto de violencia de género y en calidad de autor (artÃculos 119, 1° párrafo y 5° párrafo en función del 4°, inciso B; 45 y 55 del Código Penal; y Ley 26.485).
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Durante la lectura de la sentencia realizada ayer, la presidenta del tribunal descartó los cuestionamientos que la defensa realizó a la figura penal y comunicó la condena. Explicó también que el proceso penal no concluyó y, en respuesta a un pedido de la representante del Ministerio Público Fiscal, impuso al condenado la prohibición de acercamiento a 200 metros y contacto por cualquier medio a la vÃctima, ya sea personalmente o a través de terceros.