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Lo declaran responsable por un homicidio en el barrio Islas Malvinas: fijan 8 años de prisión

 

15-15-2025

 

Neuquén – En una audiencia de realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Dolores Franco, presentaron un acuerdo mediante un cual Eduardo Cifuentes reconoció haber asesinado a Pedro Benjamín Cordero Fernández y fue condenado a 8 años de prisión efectiva.

 

Responsabilidad penal

 

En primera la instancia de la audiencia, las funcionarias de la fiscalía describieron el hecho: el asesinato fue cometido el 13 de septiembre, alrededor de las 22.42 horas, frente a una casa del barrio Islas Malvinas.

 

Ese día se produjo una discusión entre un varón y una mujer que habían sido pareja. Durante el conflicto, la mujer y una familiar arrojaron piedras y elementos contundentes contra la vivienda, causando roturas de vidrios y daños sobre un vehículo, mientras que el varón intentó repeler la agresión tirándoles agua fría con un balde.

 

La teoría del caso de la fiscalía es que en ese contexto, Cordero Fernández, que estaba dentro de la vivienda, salió a intentar calmar la situación, pero Cifuentes, también expareja de la mujer que se había acercado al lugar, lo apuñaló con un arma blanca. El ataque le provocó la muerte por taponamiento cardíaco, pese a la atención médica recibida.

 

El delito que la fiscalía le atribuyó a Cifuentes es homicidio simple en carácter de autor (artículos 45 y 79 del Código Penal).

 

El tribunal colegiado que intervino, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, avaló el acuerdo presentado por las partes y declaró la responsabilidad penal de Cifuentes por homicidio simple en carácter de autor.

 

Determinación de la pena

 

En la segunda instancia de la audiencia y luego de que se declare la responsabilidad penal, se debatió la pena ante el mismo tribunal colegiado.

 

Sola y Franco pidieron que se le impongan al condenado 8 años de prisión efectiva. Para ello, manifestaron que la hija de la familia de la víctima fue informada y estuvo de acuerdo con el pedido. Entre las circunstancias agravantes que detallaron las funcionarias del MPF para arribar al monto solicitado, tuvieron en cuenta como circunstancias agravantes la naturaleza de la acción y el medio empleado y que fue un hecho violento contra una persona desarmada en la que el imputado utilizó un arma blanca.

 

Como atenuantes, las funcionarias de la fiscalía valoraron la ausencia de antecedentes penales computables, el reconocimiento de su responsabilidad en los hechos y que colaboró en las diligencias realizadas en el marco de la investigación.

 

La defensa de Cifuentes no se opuso al pedido de la pena efectuado por la fiscalía por lo que el tribunal colegiado, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, fijó, por unanimidad, la pena de 8 años de prisión efectiva.

 

Cumplimiento de la pena

 

Debido a que las partes manifestaron la renuncia a los plazos procesales para recurrir, en los próximos días deberá realizarse una audiencia para que la pena quede firme y comience a ser ejecutada.

 

Cifuentes llegó a la audiencia detenido cumpliendo prisión domiciliaria y quedó alojado en una unidad de detención hasta que se constituya como detenido.

 

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