
Lo declaran responsable por un homicidio en el barrio Islas Malvinas: fijan 8 años de prisión
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15-15-2025
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Neuquén – En una audiencia de realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Lucrecia Sola y la asistente letrada Dolores Franco, presentaron un acuerdo mediante un cual Eduardo Cifuentes reconoció haber asesinado a Pedro BenjamÃn Cordero Fernández y fue condenado a 8 años de prisión efectiva.
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Responsabilidad penal
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En primera la instancia de la audiencia, las funcionarias de la fiscalÃa describieron el hecho: el asesinato fue cometido el 13 de septiembre, alrededor de las 22.42 horas, frente a una casa del barrio Islas Malvinas.
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Ese dÃa se produjo una discusión entre un varón y una mujer que habÃan sido pareja. Durante el conflicto, la mujer y una familiar arrojaron piedras y elementos contundentes contra la vivienda, causando roturas de vidrios y daños sobre un vehÃculo, mientras que el varón intentó repeler la agresión tirándoles agua frÃa con un balde.
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La teorÃa del caso de la fiscalÃa es que en ese contexto, Cordero Fernández, que estaba dentro de la vivienda, salió a intentar calmar la situación, pero Cifuentes, también expareja de la mujer que se habÃa acercado al lugar, lo apuñaló con un arma blanca. El ataque le provocó la muerte por taponamiento cardÃaco, pese a la atención médica recibida.
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El delito que la fiscalÃa le atribuyó a Cifuentes es homicidio simple en carácter de autor (artÃculos 45 y 79 del Código Penal).
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El tribunal colegiado que intervino, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, avaló el acuerdo presentado por las partes y declaró la responsabilidad penal de Cifuentes por homicidio simple en carácter de autor.
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Determinación de la pena
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En la segunda instancia de la audiencia y luego de que se declare la responsabilidad penal, se debatió la pena ante el mismo tribunal colegiado.
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Sola y Franco pidieron que se le impongan al condenado 8 años de prisión efectiva. Para ello, manifestaron que la hija de la familia de la vÃctima fue informada y estuvo de acuerdo con el pedido. Entre las circunstancias agravantes que detallaron las funcionarias del MPF para arribar al monto solicitado, tuvieron en cuenta como circunstancias agravantes la naturaleza de la acción y el medio empleado y que fue un hecho violento contra una persona desarmada en la que el imputado utilizó un arma blanca.
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Como atenuantes, las funcionarias de la fiscalÃa valoraron la ausencia de antecedentes penales computables, el reconocimiento de su responsabilidad en los hechos y que colaboró en las diligencias realizadas en el marco de la investigación.
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La defensa de Cifuentes no se opuso al pedido de la pena efectuado por la fiscalÃa por lo que el tribunal colegiado, integrado por la jueza Natalia Pelosso y los jueces Lucas Yancareli y Juan Kees, fijó, por unanimidad, la pena de 8 años de prisión efectiva.
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Cumplimiento de la pena
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Debido a que las partes manifestaron la renuncia a los plazos procesales para recurrir, en los próximos dÃas deberá realizarse una audiencia para que la pena quede firme y comience a ser ejecutada.
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Cifuentes llegó a la audiencia detenido cumpliendo prisión domiciliaria y quedó alojado en una unidad de detención hasta que se constituya como detenido.
