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Jueves 11 de Diciembre del 2025

   
   
  
   

Imponen 3 años de prisión condicional a un joven que lesionó a otro a la salida de un boliche

 

12-11-2025

 

Neuquén– El tribunal integrado por las juezas Carina Álvarez y Estefanía Sauli, y el juez Juan Pablo Encina, impuso una pena de 3 años de prisión condicional a Facundo Santiago Guzmán, por haber causado lesiones graves a otra persona durante una pelea ocurrida a la salida de un local nocturno.

 

El hecho se produjo el 25 de diciembre de 2024, entre las 7:20 y las 8:00, cuando Guzmán golpeó a la víctima con una piedra en la cabeza mientras éste estaba de espaldas. Luego, le dio una patada en la cabeza cuando estaba en el suelo y otra más cuando intentaba reincorporarse. La víctima había intervenido para defender a un amigo y sufrió múltiples fracturas en el cráneo y la rotura de una pieza dental.

 

El monto de la pena se definió a partir del pedido del fiscal del caso, Andrés Azar, quien consideró dos agravantes —la naturaleza de la acción y la extensión del daño—, y tres atenuantes —la juventud del imputado, la falta de antecedentes y la asunción de responsabilidad—. Además, pidió que se apliquen las reglas de conducta del artículo 27 bis del Código Penal: fijar domicilio, abstenerse del consumo de alcohol y estupefacientes, y mantener prohibición de acercamiento respecto de la víctima y de otras personas vinculadas, junto con 96 horas de trabajo comunitario.

 

Si bien la resolución del caso fue a partir de un acuerdo mediante el que el acusado reconoció su responsabilidad, las partes debían litigar el monto de la pena. En ese marco, uno de los aspectos a probar era la magnitud del daño causado: por un lado el físico, que se acreditó mediante pericias, y por el otro, el moral, para lo cual se había convocado un grupo de personas vinculadas con la víctima. Como no asistieron a la audiencia (tampoco lo hizo el joven agredido), Azar debió desistir de sus declaraciones.

 

Por su parte, la defensa solicitó una pena mínima de un año y seis meses de prisión condicional, argumentando que el hecho ocurrió en un contexto tumultuoso, a la salida de un boliche.

 

Resolución

 

Tras evaluar los argumentos, el tribunal resolvió imponer a Guzmán la pena de tres años de prisión condicional, al considerar las agravantes señaladas por la fiscalía. Dispuso que la condena quede sujeta al cumplimiento de las siguientes reglas de conducta por tres años: fijar domicilio y presentarse ante población judicializada cada cuatro meses, abstenerse del consumo de alcohol y drogas, y mantener la prohibición de acercamiento a las tres personas mencionadas.

 

El tribunal no hizo lugar al pedido de trabajo comunitario, al entender que esa medida no guardaba relación directa con la víctima del caso.

 

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