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Miercoles 11 de Febrero del 2026

   
   
  
   

Condenan a un varón por abuso sexual contra su prima: la pena mínima será de 8 años de prisión

 

02-09-2025

 

Neuquén Un tribunal de tres integrantes condenó a un varón por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado y agravado, tras un juicio en el que la fiscalía le atribuyó hechos de abuso sexual respecto de dos hermanas, cuando una de ellas tenía entre 7 y 8 años, y la otra entre 8 y 12 años.

 

El tribunal consideró probados los abusos en relación con una de las víctimas y declaró la responsabilidad penal del acusado. En una próxima audiencia, las partes debatirán la pena a imponer. Respecto de la otra acusación, los jueces y la jueza resolvieron absolverlo por el beneficio de la duda, al considerar que el testimonio de la víctima no se había corroborado con prueba periférica suficiente.

 

Durante el juicio, el fiscal del caso Gastón Medina sostuvo que G.I.R.Q. abusó sexualmente de su prima entre julio de 2020 y octubre de 2023, cuando ésta tenía entre 8 y 12 años. Precisó que los abusos ocurrieron en una vivienda de la ciudad de Neuquén, en ocasiones en que quedaba circunstancialmente a solas con ella.

 

En cuanto a la otra víctima, hermana de la primera, el fiscal le imputó hechos de abuso sexual simple en modalidad continuada, cuando tenía entre 7 y 8 años de edad.

 

Los jueces Marco Lupica Cristo y Lucas Yancarelli, junto a la jueza Florencia Martíni, declararon la responsabilidad penal de G.I.R.Q. por abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por la convivencia preexistente con la víctima (artículos 45; 119, primer supuesto del tercer párrafo e inciso f del cuarto; en función del artículo 55). En cambio, lo absolvieron respecto de la segunda acusación por abuso sexual simple en modalidad continuada.

 

“El tribunal entendió que no se alcanzó el estándar de certeza que se requiere en materia penal y que, conforme al artículo 18 de la Constitución Nacional y la Convención Americana de Derechos Humanos, corresponde absolver por insuficiencia de corroboraciones periféricas”, se indicó en el fallo.

 

De acuerdo con el delito por el que fue hallado responsable, el condenado enfrenta una pena mínima de 8 años de prisión efectiva. Además, una vez que la sentencia quede firme, será inscripto en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

 

 

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